El Thyssen, legítimo propietario del pissarro expoliado por los nazis

El Thyssen, legítimo propietario del pissarro expoliado por los nazis

El caso se ha cerrado de la mejor manera posible para el Museo Nacional Thyssen-Bornemisza. Rue Saint-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia –el cuadro en litigio desde hace casi dos décadas– permanecerá en Madrid por derecho propio, después de que un tribunal de California haya fallado este martes a su favor. “Es una buena noticia para el museo”, declara Evelio Acevedo.

Camille Pissarro. "Rue Saint-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia". 1897.

El pissarro del Thyssen expoliado por los nazis se queda en Madrid. Eso es algo que ya imaginábamos muchos, pero desde ayer mismo se ha convertido en una realidad prácticamente impepinable; a la familia Cassirer solo le queda recurrir ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos, después de apelar la primera sentencia de 2019, perder la apelación en 2020, acudir al Supremo de California y ver como este se lavaba las manos para devolver en 2022 el caso al Tribunal que ayer se pronunció.

Este último ha vuelto a reiterar anoche que la obra de Camille Pissarro pertenece al museo nacional madrileño. Según explica la sentencia, en este caso concreto se ha aplicado la ley española –sus consecuencias son las menos lesivas de todas–, en virtud de la cual la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza es la legítima dueña del lienzo. Una noticia que ha sido muy bien acogida por los gestores del centro nacional, que se felicitan de haber cerrado por fin este capítulo.

Se acaba así una batalla judicial de casi 20 años entre los herederos de Lilly Cassirer –la coleccionista judía que tuvo que malvender la obra para huir de los nazis– y el propio museo a cuenta de Rue Saint-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia. Este pissarro –expoliado por los nazis– se expone en la  primera planta junto al resto de pinturas impresionistas y es una de las joyas de la colección del barón Thyssen, que en 1993 fue adquirida por el Estado.

Ya en 2019 el Tribunal Noveno del Distrito de California rechazó la demanda presentada por la familia Cassirer contra el museo. Y ya entonces, también, adujo que la legislación que debía aplicarse en dicho asunto debería ser la española. Sí que consideró probado, no obstante, que Lilly Cassirer fue obligada a vender el cuadro en 1939 por un precio ridículo a cambio de obtener un visado para salir de Alemania.

Eso nadie lo discute, desde luego. Precisamente por ese abuso, la propia coleccionista reclamó a Alemania una restitución del cuadro en los años 50, una vez acabada la guerra y siendo ella residente americana. Su petición fue escuchada y en 1958 recibió una compensación de 120.000 marcos, el equivalente al valor de mercado en aquel momento de la obra (hoy valorada en unos 28 millones de euros).

Pero la memoria es frágil y las heridas del pasado nunca llegan a cerrarse del todo. Quizá por eso los herederos de Lilly –fue su nieto Claude Cassirer quien puso la primera demanda– se negaron a aceptar la sentencia de 2019 y apelaron el caso hasta en dos ocasiones. La respuesta a la última apelación se ha hecho pública este martes: vuelve a denegarles su reclamación. Los jueces insisten en que el propietario del pissarro es la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, en una decisión tomada por unanimidad entre Carlos Brea, Sandra Ikuta y Consuelo Callahan (si bien esta última desliza un voto particular donde alude a cuestiones de “deber moral”).

Para emitir su veredicto, el Tribunal de Apelación tuvo que aplicar la legislación estatal californiana sobre la elección de jurisdicción para este caso, ya que existía un conflicto de intereses sobre la ley que debía aplicarse. ¿La española, que reconoce al Thyssen como legítimo propietario y por tanto dejaría la obra en el museo madrileño, o la californiana, según la cual se impondría la restitución del cuadro a los demandantes?

La cuestión se ha decidido en función de un análisis de “perjuicio comparado”, que valora los pros y los contras de aplicar una u otra jurisdicción. Es decir, que ante la duda, los jueces apuestan por aquello que sea menos lesivo para el perdedor. Y aquí han considerado que los intereses gubernamentales de España quedarían más perjudicados por la aplicación de la ley de California que al revés, por eso ha prevalecido la española. Sol G. Moreno